miércoles, 3 de octubre de 2018

4.2 CONTRATACIÓN




La contratación es la concreción de un contrato a un individuo a través de la cual se conviene, acuerda, entre las partes intervinientes, generalmente empleador y empleado, la realización de un determinado trabajo o actividad, a cambio de la cual, el contratado, percibirá una suma de dinero estipulada en la negociación de las condiciones, o cualquier otro tipo de compensación negociada.
La contratación puede implicar a personas jurídicas o a individuos, en tanto, el más corriente es el que mencionamos líneas arriba de la contratación laboral, en el que una empresa pública o privada contrata a un individuo para que efectúe un trabajo a cambio del pago de una suma de dinero.


En tanto, el concepto con el cual inmediatamente se vincula el término contratación es el de contrato, ya que gracias a él es que la contratación adquiere ribetes formales.
El contrato, entonces, no es otra cosa que el acuerdo o convenio oral o escrito, suscripto normalmente entre dos partes, las cuales, se obligarán recíprocamente sobre el asunto objeto de contrato.


El contrato implica un acuerdo de voluntades, en tanto, la relación y el acuerdo de las mismas estarán debidamente regulados por las cláusulas establecidas en el contrato y que ambas partes aceptaron al momento de la subscription.


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