La
contratación es la concreción de un contrato a un individuo a través de la cual
se conviene, acuerda, entre las partes intervinientes, generalmente empleador y
empleado, la realización de un determinado trabajo o actividad, a cambio de la
cual, el contratado, percibirá una suma de dinero estipulada en la negociación
de las condiciones, o cualquier otro tipo de compensación negociada.
La
contratación puede implicar a personas jurídicas o a individuos, en tanto, el
más corriente es el que mencionamos líneas arriba de la contratación laboral,
en el que una empresa pública o privada contrata a un individuo para que
efectúe un trabajo a cambio del pago de una suma de dinero.
En
tanto, el concepto con el cual inmediatamente se vincula el término
contratación es el de contrato, ya que gracias a él es que la contratación
adquiere ribetes formales.
El
contrato, entonces, no es otra cosa que el acuerdo o convenio oral o escrito,
suscripto normalmente entre dos partes, las cuales, se obligarán recíprocamente
sobre el asunto objeto de contrato.
El
contrato implica un acuerdo de voluntades, en tanto, la relación y el acuerdo
de las mismas estarán debidamente regulados por las cláusulas establecidas en
el contrato y que ambas partes aceptaron al momento de la subscription.
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